SAT: ¿Qué pasa con las deudas cuando el contribuyente muere?

Existen reglas muy claras sobre sobre actúa el SAT ante las deudas de los contribuyentes, pero ¿qué pasa se un deudor pierde la vida repentinamente?

Poolete Flores
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SAT_ Esto pasa con las deudas del contribuyente que muere
Crédito: Unsplash / Dimitri Karastelev

De acuerdo con lo indicado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), hay reglas muy claras sobre lo que debe pasar con los contribuyentes que tengan deudas, pues es una obligación pagarlas, aunque es importante saber qué ocurre con los adeudos de un contribuyente fallecido; a continuación en TV Azteca Yucatán tenemos los detalles.

Hay quienes creen que cuando un contribuyente deudor ante el SAT pierde la vida, sus deudas quedan automáticamente saldadas, pero la realidad puede ser otra y es totalmente diferente, por lo que es importante seguir leyendo.

Es importante mencionar que la entidad gubernamental está obligada a llevar a cabo varias medidas para estar seguros del cobro de deudas al SAT específicamente de las personas que fallecen; hay casos en donde embargan y rematan los bienes que la persona fallecida dejó.

¿SAT perdona deudas si el contribuyente muere?

SAT Esto pasa con las deudas del contribuyente que muere
Crédito: Unsplash / Kelly Sikkema

Cuando un contribuyente con deudas muere, el SAT no perdona la deuda, sino que continúa investigando el pago pendiente a través de los bienes y cuentas bancarias de la persona fallecida. Pese a esto, es básico que el SAT sea notificado sobre esta situación, lo que podría dar a lugar la cancelación del registro federal de contribuyentes por el motivo del fallecimiento.

Con esto, el trámite de cancelación del registro deberá ser presentado por un familiar cercano a la persona que falleció. Una vez teniendo esta parte del proceso, el SAT actualizará sus registros y procederá.

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Para personas físicas, si los impuestos estaban siendo pagados por una empresa o patrón, el Servicio de Administración Tributaria liberará automáticamente al contribuyente que ya falleció.

En cambio, sí era una persona que tenía deudas por crédito y que emitía facturas, el SAT seguirá con el proceso de cobro.

Por otro lado, para personas morales, el SAT señala que la deuda fiscal no podrá desaparecer con el fallecimiento de quien era el titular,por lo que en estos casos se actúa de manera rigurosa en el cobro de las deudas fiscales, incluso cuando haya fallecido el contribuyente.

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