Actualmente hay muchas parejas que se encuentran en un proceso de divorcio o que ya se divorciaron, por lo tanto, se enfrentan en los juzgados por el tema de la pensión alimentaria, mismo que puede desatar una disputa entre los involucrados debido a la cantidad mensual que se llega a asignar.
Pese a que muchos saben que la pensión alimentaria va dirigida a los hijos procreados durante la duración de la relación de sus padres, muchas personas no tienen claro qué gastos deben o pueden cubrir, ya que es poco lo que se ha revelado al respecto.
Quienes estén atravesando por esta situación o simplemente deseen estar enterados de lo que realmente es un proceso de estos, es importante seguir leyendo los datos que mencionaremos en TV Azteca Yucatán.
Gastos que cubre la pensión alimentaria

Primeramente debemos mencionar que una pensión alimentaria es un derecho recíproco. Esto indica que quien tiene la obligación de darla, también debe recibirla, pues se trata de un proceso de parentesco consanguíneo. En un proceso de este tipo, hay dos partes; el deudor alimentario y el acreedor alimentario.
Al tratarse de un derecho recíproco,quien tiene la primera obligación son los padres a los hijos y los hijos a los padres. En caso de no existir una relación entre ellos, la obligación pasa a ser de los abuelos a nietos y viceversa.
En cuanto a los gastos, la pensión alimentaria no es simplemente para pagar los alimentos, sino que se puede dividir en dos tipos de gastos; ordinarios y extraordinarios
Ordinarios
- Alimentación diaria
- Vivienda
- Ropa y calzado
- Agua, luz, internet, gas
- Productos de aseo personal
- Gastos médicos
- Gastos de la escuela
Extraordinarios
- Clases o cursos extracurriculares
- Viajes
- Dentista
- Trámites para documentos oficiales
En conclusión, los datos ordinarios son los que forzosamente entran en la pensión y los extraordinarios, no solamente recaen en el deudor de la pensión alimentaria, sino en los dos padres.
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